El tema de la limpieza en la comunidad de propietarios es un tema que suele crear algún que otro conflicto. Existen varias formas de llevar a cabo la limpieza de la comunidad de propietarios y será siempre decisión de los vecinos decidirse por una u otra, debiendo ser conscientes de las diferencias significativas entre unas y otras.
Una de las opciones, es que se lleve a cabo la limpieza por los propietarios siguiendo un orden rotativo. Esta opción supone un ahorro importante para las arcas de la comunidad y suele ser viable únicamente en las comunidades donde todos los propietarios son residentes en la misa y donde el número de propietarios no es muy elevado, puesto que los conflictos se plantean cuando los pisos son alquilados, puesto que muchas veces los inquilinos no realizan la labor de limpieza o cuando algún vecino no realiza su turno de limpieza.
Otra de las opciones es contratar una empresa de limpieza, en estos casos cuando contratas la empresa de limpieza es ésta quién asume los gastos de seguridad social de sus trabajadores, productos de limpieza, etc. En estos casos la comunidad simplemente contrata la prestación de un servicio, la limpieza de la comunidad y es la empresa de limpieza quien debe facturar a la comunidad por los servicios prestados cumpliendo con la legalidad vigente. Aquí, como en todas partes, te encuentras con empresas que prestan un buen servicio, y otras donde la prestación del servicio no es tan buena. Recordemos que hay que valorar la calidad/precio del servicio prestado, porque “no se dan duros a cuatro pesetas”, como se dice popularmente. En caso de no estar contentos con la prestación del servicio, muchas veces podremos resolver el problema pidiendo a la empresa que cambie a la persona que realiza las labores de limpieza en nuestra comunidad, y en caso de no resolverse así el problema, no quedará más remedio que a la finalización del contrato, es decir, comunicar a la empresa que se ha decidido no renovar la prestación de servicios y proceder a contratar a otra empresa.
Por último cabe la posibilidad de contratar a una persona para que realice los servicios de limpieza, en esta opción la comunidad funciona como una empresa, es decir, deberá dar de alta al trabajador en la Seguridad Social y proceder al pago de la nómina pactada. En estos casos la comunidad debe cumplir con todas las exigencias legales establecidas para la contratación de este tipo de empleados. Esta opción tiene la ventaja de que eliges la persona que quieres que te preste este servicio, a diferencia con la contratación de empresa de limpieza que cambian continuamente de personal. La desventaja es el papeleo que acarrea y el incremento del coste económico, porque al pago de la nómina y seguridad social hay que añadir los gastos de asesoría, productos de limpieza, el cubrir las vacaciones de los empleados, los gastos de un posible despido, etc.
Sea cual sea la forma en la que elijas mantener limpia la comunidad, lo importante es tener en cuenta que una comunidad limpia es una comunidad saludable.